CIERTAS PRERROGATIVAS

MITOLOGÍA UNIVERSAL Capítulo 17, V Parte

Mas las obligaciones llevaban aparejados ciertos derechos y, quizá para neutralizar tales excesos, las vestales tenían determinados privilegios que, de otro modo, no podrían ni siquiera imaginar.

Por ejemplo, una vestal podía condonar la pena capital a un reo cualquiera, con sólo haberlo encontrado en su camino.

Podían acudir como testigos a cuantos juicios se celebraren sin que, por ello, tuvieran obligatoriamente que prestar juramento para declarar.

Su prestigio social era muy superior al de cualquier otro ciudadano y, sobre las vestales, no era posible ejercer la autoridad paterna

Tenían la potestad de poder prescindir de todo intermediario, o tutor, para disponer de sus bienes; por lo que, si así lo deseaban, podían erigirse en únicas administradoras de su patrimonio y su fortuna.

Después de haber permanecido por espacio de unos treinta años al servicio de la diosa, y de velar por el fuego sagrado, las vestales se retiraban y ya no pesaba sobre ellas la obligación del celibato. Sí así lo deseaban podían, entonces, contraer matrimonio.

Había otros cometidos, además, que las vestales podían realizar, tales como dirigir el culto de la diosa Hestia/Vesta y amasar y cocer el churrusco de pan salado, que simbolizaba el alimento integral y puro.

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